La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ratificó una sentencia contra el medio digital La Verdad de Ceuta por publicar información falsa que dañó el derecho al honor de Karima Aoumar Dadi.
El tribunal determinó que, en la sección “Rumores”, se había difundido que Aoumar Dadi fue condenada por tráfico de drogas y que cumplió una pena de prisión, afirmaciones que los tribunales establecieron como inexactas.
Esta resolución proviene de una apelación contra la sentencia inicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ceuta, en la cual se apoyó en gran medida la demanda planteada por la afectada. Se reconoció que hubo una intromisión ilegítima en el derecho al honor de la demandante, responsabilizando solidariamente tanto a La Verdad de Ceuta (administrada por Fedemar Ceuta S.L.) como a su director, Luis María Fernández Delgado.
La condena incluye:
- La eliminación inmediata y definitiva de las informaciones falsas.
- La publicación completa del encabezado y parte dispositiva de la sentencia en la portada y en la sección “Rumores” del medio, durante igual tiempo al que estuvieron publicadas las informaciones (desde el 31 de enero de 2019).
- Una indemnización de 13.000 euros a favor de Karima Aoumar Dadi.
- El pago de las costas procesales por parte de los demandados.
La jueza Sara Beatriz López Rodríguez, responsable del fallo original dictado en diciembre de 2024, subrayó la importancia de que los medios de comunicación actúen con responsabilidad especialmente en temas que pueden afectar el honor y reputación de las personas.
Con esta sentencia definitiva, se busca restablecer el buen nombre de la demandante y reafirmar la protección del derecho al honor frente a informaciones falsas.
