Después de varias semanas de incertidumbre causada por informaciones en redes sociales acerca de un supuesto registro detallado de transferencias instantáneas, el Ministerio de Hacienda publicó una nota oficial para esclarecer la situación. Este comunicado, emitido el lunes 15 de diciembre, señala que la nueva normativa afectará únicamente a los cobros recibidos por empresarios y profesionales establecidos en España, quedando excluidas las transacciones habituales entre familiares y amigos. Esta medida entrará en vigor a partir de febrero de 2026 y tiene como objetivo combatir el fraude telemático y las actividades ilegales.
Preocupación social ante la posible supervisión de pagos personales
En las semanas recientes, se difundió gran cantidad de información en medios y redes sociales que generó inquietud entre la población. Se sugirió que la Agencia Tributaria planeaba instaurar un registro exhaustivo de los pagos realizados a través de plataformas como Bizum, con el propósito de monitorizar transacciones repetitivas y prevenir el fraude.
Dicha interpretación, inicialmente no desmentida por la Administración, ocasionó preocupación entre muchas familias que emplean estos métodos de pago con frecuencia para cubrir gastos cotidianos. Por ejemplo, jóvenes que reciben dinero de sus padres para alquiler o necesidades básicas temieron que estas transferencias quedaran sujetas a vigilancia y registro. La idea de que cualquier envío de fondos entre familiares pudiera quedar anotado en la Agencia Tributaria generó dudas sobre la privacidad de estas operaciones.
Posicionamiento oficial del Ministerio de Hacienda
Para aclarar las dudas, el Ministerio de Hacienda publicó un comunicado oficial el lunes 15 de diciembre con el fin de tranquilizar a la ciudadanía. El mensaje fue preciso al definir los alcances de la nueva regulación:
«Solo deben informarse los cobros recibidos por empresarios y profesionales establecidos en España. Por tanto, quedan excluidos los cobros entre particulares».
Esta aclaración confirma que las transferencias de carácter personal, tales como los Bizum entre familiares y amigos, no estarán sujetas a control ni registro fiscal.
Implementación y enfoque específico en la actividad económica
A partir de febrero de 2026, se implantará el control de las transferencias con fines fiscales, centrado exclusivamente en operaciones relacionadas con la actividad económica de empresarios y profesionales.
El propósito de este registro es asegurar que la Agencia Tributaria cuente con una visión completa de la actividad económica digital, sin intervenir en la privacidad de los ciudadanos. El procedimiento que deberán cumplir las entidades financieras será el siguiente:
- Informe mensual: Las entidades financieras tendrán la responsabilidad de comunicar a la Agencia Tributaria la facturación acumulada durante cada mes. Actualmente, este control se realizaba anualmente, y esta modificación permitirá una supervisión más ágil y sistemática de los pagos relacionados con negocios y comercios.
- Datos detallados: Las entidades deberán proporcionar mensualmente información precisa acerca de los empresarios o profesionales que utilicen sistemas de cobro como Bizum u otros equivalentes.
- Información reportada: Se incluirán detalles como la identificación completa de los profesionales, el número de comercio con el que operan, los terminales de venta usados, el importe mensual facturado mediante Bizum y la identificación de las cuentas bancarias o de pago desde las cuales se realizan los cobros.
- Recopilación agregada: Los bancos remitirán datos mensuales acumulados por empresario o profesional, sin detallar cada operación individual.
Con esta comunicación, Hacienda pretende disminuir la confusión y evitar preocupaciones innecesarias entre quienes usan plataformas de pago instantáneo. De este modo, las transacciones entre particulares continuarán siendo privadas, mientras que las empresas deberán cumplir con las nuevas obligaciones informativas a partir de 2026.


