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El Supremo ratifica la multa e indemnización para Álvaro García Ortiz y posibilita su expulsión de la carrera fiscal

El Tribunal Supremo ha ordenado este miércoles la ejecución de la sentencia que condena al ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por revelar datos confidenciales. Según lo dispuesto en la resolución, García Ortiz deberá abonar una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros al empresario Alberto González Amador, quien mantiene una relación con Isabel Díaz Ayuso y actuó como acusación particular en el proceso.

Respecto a la inhabilitación especial de dos años para el cargo de fiscal general, la Sala Penal ha remitido copia tanto del auto como de la sentencia a la Inspección de la Fiscalía General del Estado para los fines correspondientes, dejando que la nueva fiscal general, Teresa Peramato, decida si la condena afectará la continuidad de García Ortiz en la carrera fiscal.

El Supremo limitó la inhabilitación al cargo de fiscal general, puesto del que García Ortiz ya se había desvinculado el 24 de noviembre, días después de conocerse la condena. Los magistrados indicaron que no les compete fijar las consecuencias extraprocesales del fallo, sino verificar que la pena sea acorde al delito cometido.

Fuentes dentro del ámbito fiscal señalan que se iniciará un expediente para determinar si la condena supone la pérdida del estatus de fiscal, conforme al artículo 32 d) del reglamento de la carrera fiscal de 2022, que contempla la expulsión en caso de inhabilitación para cargo público o la comisión de un delito doloso. La decisión definitiva recaerá en Peramato, quien podría optar por sustituir la expulsión por una suspensión en función de la gravedad del delito.

Asimismo, el Supremo ha dispuesto que García Ortiz deposite los 7.200 euros de multa y los 10.000 euros de indemnización en la cuenta de depósitos y consignaciones de la Sala Penal, junto con las costas del proceso, que se determinarán tras la propuesta del abogado de González Amador.

La sentencia es firme y no admite recursos ordinarios, si bien existe la posibilidad de presentar un incidente de nulidad o un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, aunque con escasas probabilidades de prosperar.

La pena impuesta por el Supremo es inferior a la solicitada por las acusaciones, que pedían hasta seis años de prisión y doce de inhabilitación. El tribunal optó por aplicar la mitad del rango previsto para la inhabilitación y la sanción mínima en cuanto a la multa.

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