Por primera vez, las trabajadoras del hogar podrán requerir a sus empleadores que realicen una valoración de los posibles riesgos laborales en sus domicilios particulares, conforme a la nueva regulación de prevención.
El sector de empleadas domésticas, predominantemente femenino, caracterizado por largas jornadas y salarios reducidos, ha avanzado en el reconocimiento de sus derechos laborales. Actualmente, hay 378.000 trabajadoras afiliadas a la Seguridad Social bajo este régimen especial.
Desde el pasado viernes, los empleadores tienen la obligación de efectuar una evaluación de riesgos laborales en el domicilio donde presta servicio la trabajadora. Además, deben informar sobre los peligros detectados y las medidas preventivas implementadas.
Para simplificar este proceso, se habilitó la plataforma gratuita prevencion10.es, donde el empleador puede completar un cuestionario en línea y obtener un archivo PDF con el resultado de la evaluación. Este documento debe ser conservado y entregado a la trabajadora, sin necesidad de remitirlo a la administración.
El método consiste en identificar el domicilio y al empleador, describir las tareas realizadas por la trabajadora, responder a preguntas cerradas sobre condiciones del entorno, materiales y posturas, y finalmente generar el informe en PDF.
La falta de cumplimiento puede ser considerada infracción grave, con sanciones que alcanzan hasta 49.180 euros en casos extremos. En situaciones sin agravantes, la multa máxima puede ser de 2.450 euros.
No obstante, algunos elementos aún están en desarrollo. El ministerio ha señalado que no ha cumplido los plazos para lanzar una «plataforma formativa» dirigida a las empleadas del hogar, ni para publicar un «protocolo contra el acoso» ni una «guía técnica de prevención», previstos inicialmente para este año.
Representantes sindicales de UGT y Comisiones Obreras han valorado positivamente la incorporación de este derecho, aunque han expresado críticas por los retrasos del ministerio. También mostraron preocupación sobre una posible aplicación excesivamente punitiva por parte de la Inspección de Trabajo desde el primer día.
Además, se señala que este derecho solo beneficia a las empleadas dadas de alta en la Seguridad Social. En España, la diferencia entre las afiliadas (378.000) y las estimadas como ocupadas (aproximadamente 539.000) sugiere que muchas trabajadoras podrían quedar fuera de esta protección.
Esta medida significa un avance notable en la equiparación de derechos para las trabajadoras domésticas, que hasta ahora no contaban con esta evaluación de riesgos. Sin embargo, también presenta el desafío de cómo implementarla eficazmente en domicilios privados con empleadores particulares, en un contexto estructural de precariedad.



